Declaración Universal de los Derechos Humanos
Esta Declaración fue adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre del año 1948. Esa fecha quedó establecida como el Día Internacional de los Derechos Humanos . En la Argentina, desde el año 1994, posee jerarquía constitucional, según lo establecido por el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional.
En su Preámbulo se establece que la libertad, la justicia y la paz tienen como base el reconocimiento de la dignidad y de los derechos iguales e inalienables de todos los seres humanos. En los 30 artículos se establecen los derechos humanos esenciales que poseen todas las personas.
Los primeros artículos establecen la universalidad de los derechos humanos:
- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
- Todas las personas tienen todos los derechos y libertades que establece la Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
En 1948, 21 naciones americanas del hemisferio sur suscribieron la Carta de la OEA, en la que afirmaron su compromiso con los objetivos comunes y su respeto por la soberanía de cada nación. Así quedó formada la Organización de Estados Americanos.
En esa reunión también adoptaron la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre , el primer documento de su clase. Como en el caso anterior, este documento -desde el año 1994- posee jerarquía Constitucional en la República Argentina.
Desde 1948 las naciones angloparlantes del Caribe y Canadá se sumaron a la Organización de los Estados Americanos, que quedó conformada, entonces, por todas las naciones americanas del hemisferio sur.
En la introducción, la Declaración Americana señala que los pueblos americanos han dignificado a la persona humana y que sus constituciones nacionales reconocen que las instituciones jurídicas y políticas tienen como finalidad principal la protección de los derechos esenciales del hombre y la creación de las circunstancias que le permitan el progreso espiritual y material. Se reconoce que los derechos humanos no surgen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana.

No hay comentarios:
Publicar un comentario